Nueva ampliación del Presupuesto

Salió publicada en el boletín oficial la ampliación en $ 1.067 millones del presupuesto de gastos de varias jurisdicciones. La propia Jefatura de Gabinete, el Tesoro y la cartera de Seguridad, las principales, según ASAP.

17 julio, 2014

Por Decisión Administrativa Nº 551/14 del jefe de Gabinete de Ministros, de fecha 8 de julio 2014, publicada ayer en el Boletín Oficial, se modificó la distribución del Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, al ser aprobada una ampliación en las autorizaciones para gastos corrientes y de capital de las siguientes jurisdicciones: Jefatura de Gabinete de Ministros (+$ 325 mill.), Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro (+$ 292 mill.), Ministerio de Seguridad (+$ 231 mill.), Ministerio de Transporte e Interior (+$ 68 mill.), Ministerio de Industria (+$ 62 mill.), Poder Judicial (+$ 47 mill.), Presidencia de la Nación (+$ 40 mill.), Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (+$ 7 mill.) y Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (+$ 4 mill.), Ministerio de Salud (-$ 7 mill.) y Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (-$ 1 mill.).

 

Asimismo, se disminuyeron los recursos corrientes y de capital por $ 2,4 mill.1, se aumentaron las fuentes financieras por $ 3 mill.2 y se redujeron las aplicaciones financieras por $ 1.067 mill.3, según consigna la Asociación Argentina de Presupuesto y Administración Financiera Pública (ASAP) en el informe sobre modificaciones presupuestarias nº 10/2014.

 

En cuanto a los fundamentos de la medida, se describen a continuación las modificaciones más significativas.

 

Por un lado se menciona que corresponde incrementar, con cargo a la Jefatura de Gabinete de Ministros, principalmente los créditos vigentes para la Agencia de Administración de Bienes del Estado a los fines de la atención de impuestos y gastos en personal.

 

Asimismo, se incrementan los créditos del Programa 19 – Prensa y Difusión de Actos de Gobierno.

 

En relación al Ministerio de Seguridadse señala que resulta necesario reforzar el presupuesto vigente a los efectos de atender gastos destinados a la inversión en equipamiento del Sistema Federal de Identificación Biométrica para la Seguridad, cuyo objetivo principal es prestar un servicio centralizado de información respecto de los registros patronímicos y biológicos individuales, contribuyendo a la comprobación idónea y oportuna en materia de identificación de personas y rastros.

 

Además, se comenta que es necesario adecuar los créditos vigentes de la Gendarmería Nacional con el objeto de atender el pago de viáticos de los agentes que participan en los operativos especiales de seguridad ciudadana.

 

Finalmente, se modifica el Presupuesto de la Policía de Seguridad Aeroportuaria a partir de la incorporación de recursos remanentes del Ejercicio 2013 provenientes de la prestación del servicio de policía adicional.

 

Por su parte, se menciona que resulta necesario modificar los créditos vigentes de la Jurisdicción 91 – Obligaciones a Cargo del Tesoro, para permitir la atención de las Transferencias destinadas al Correo Oficial de la República Argentina S.A.

 

Asimismo, se comenta que resulta necesario reforzar el presupuesto de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, organismo descentralizado actuante en el ámbito del Ministerio del Interior y Transporte, con el objeto de afrontar los gastos que demandan las actividades de reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional.

 

Por otro lado, se señala que es menester modificar el presupuesto de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico, dependiente de la Presidencia de la Nación, para efectivizar el cumplimiento de las acciones fijadas en los Decretos Nº 48/2014 y Nº 518/2014.

 

Por otro lado, en relación al Poder Judicial, se señala que corresponde adecuar el Presupuesto del Consejo de la Magistratura con el objetivo de atender los gastos correspondientes a la construcción de la Cámara Federal de Resistencia, el Tribunal Oral Federal de San Juan y los Tribunales Federales de Neuquén, financiando los mismos mediante la disminución de las Aplicaciones Financieras.

 

Finalmente, con respecto al Ministerio de Industriase señala que es pertinente incrementar los créditos a los fines de atender gastos vinculados con la participación de ese Ministerio en el parque temático Tecnópolis; cumplir con objetivos específicos en materia del Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional y, asimismo, con el objeto de realizar Transferencias a Gobiernos Municipales en el marco del Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales Públicos en el Bicentenario.

 

A su vez, se comenta que resulta necesario modificar los créditos vigentes correspondientes al Instituto Nacional de Vitivinicultura a los efectos de adecuarlos a las actuales necesidades operativas del mismo.

Las medidas analizadas se dictan en uso de las facultades del jefe de Gabinete de Ministros para efectuar adecuaciones al Presupuesto, en virtud de en lo dispuesto en el Artículo 37° de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156, sustituido en 2006 por el Artículo 1 de la Ley Nº 26.124, y el artículo 9° de la Ley N°26.895 de Presupuesto Nacional 2014. El Artículo 1° de la Ley 26.124 autoriza al Jefe de Gabinete a introducir las modificaciones presupuestarias que considere necesarias â€siempre que respeten el monto total aprobado por cada ley de presupuesto†comprendiendo aquellas que involucren aplicaciones financieras.

 

El artículo 9° de la Ley 26.895 faculta al jefe de Gabinete de Ministros a realizar ampliaciones en los créditos presupuestarios de la administración central, de los organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social, y su correspondiente distribución, financiados con incremento de los recursos con afectación específica, recursos propios, transferencias de entes del sector público nacional, donaciones y los remanentes de ejercicios anteriores que por ley tengan destino específico.

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