La reforma previsional en el Congreso

Después de los cambios en la iniciativa original el nuevo proyecto deberá ser evaluado por los legisladores. Ya no habrá prestación básica universal y la edad jubilatoria de la mujer queda en 60 años.

25 noviembre, 2000

El Gobierno no impulsará la reforma previsional por decreto y, en cambio, enviará al Congreso un proyecto de ley para ponerlo a consideración de los legisladores con varios cambios sobre los aspectos que habían sido los mas conflictivos en el anterior, informó hoy (sábado 25) el diario La Nación.

A pesar de que la ministra de Trabajo Silvina Bullrich, anunció la decisión, los pliegos del proyecto aun se encuentran demorados en los despachos de la Presidencia.

Según La Nación, el proyecto de ley establece la eliminación de la prestación básica universal (PBU) y su reemplazo por una Prestación Suplementaria (PS), que será gradual y decreciente.

La supresión de la PBU será completa para los haberes que superan los $ 800, mientras que en los inferiores se aplicará la PS, otro punto que se perfila conflictivo ya que se sabe que los legisladores pretenden que la quita de la PBU se aplique sólo a los haberes superiores a los $ 1.000.

La edad jubilatoria de la mujer se mantendrá en 60 años, pero sólo se percibirá la PS completa si se jubila a los 65 años, y será incompleta, y de manera proporcional, si lo hace entre los 60 y los 65.

El proyecto también propone la eliminación del régimen de reparto y establece que a partir del 1º de enero de 2001 todos los nuevos trabajadores entrarán en el sistema de capitalización.

La novedad es la creación del Beneficio Universal, un haber al que tendrán derecho los ciudadanos argentinos y residentes permanentes con 15 años continuos inmediatamente anteriores al momento de la solicitud y mientras residan en el país.

Será efectivo para los mayores de 75 años en 2001; los mayores de 72 años en 2004 y los mayores de 70 años a partir de 2007 y siguientes.

Los beneficiarios no deberán percibir ningún otro beneficio previsional otorgado por cualquier sistema, no deben ser propietarios de bienes de fortuna (aspecto que será definido mediante reglamentación), no deberán percibir otros ingresos.

El Gobierno no impulsará la reforma previsional por decreto y, en cambio, enviará al Congreso un proyecto de ley para ponerlo a consideración de los legisladores con varios cambios sobre los aspectos que habían sido los mas conflictivos en el anterior, informó hoy (sábado 25) el diario La Nación.

A pesar de que la ministra de Trabajo Silvina Bullrich, anunció la decisión, los pliegos del proyecto aun se encuentran demorados en los despachos de la Presidencia.

Según La Nación, el proyecto de ley establece la eliminación de la prestación básica universal (PBU) y su reemplazo por una Prestación Suplementaria (PS), que será gradual y decreciente.

La supresión de la PBU será completa para los haberes que superan los $ 800, mientras que en los inferiores se aplicará la PS, otro punto que se perfila conflictivo ya que se sabe que los legisladores pretenden que la quita de la PBU se aplique sólo a los haberes superiores a los $ 1.000.

La edad jubilatoria de la mujer se mantendrá en 60 años, pero sólo se percibirá la PS completa si se jubila a los 65 años, y será incompleta, y de manera proporcional, si lo hace entre los 60 y los 65.

El proyecto también propone la eliminación del régimen de reparto y establece que a partir del 1º de enero de 2001 todos los nuevos trabajadores entrarán en el sistema de capitalización.

La novedad es la creación del Beneficio Universal, un haber al que tendrán derecho los ciudadanos argentinos y residentes permanentes con 15 años continuos inmediatamente anteriores al momento de la solicitud y mientras residan en el país.

Será efectivo para los mayores de 75 años en 2001; los mayores de 72 años en 2004 y los mayores de 70 años a partir de 2007 y siguientes.

Los beneficiarios no deberán percibir ningún otro beneficio previsional otorgado por cualquier sistema, no deben ser propietarios de bienes de fortuna (aspecto que será definido mediante reglamentación), no deberán percibir otros ingresos.

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